La Pequeña Minería comprende a los productores mineros que tienen una capacidad instalada de producción y/o beneficio no mayor a 350 TM/día y con concesiones que no superan las 2,000 hectáreas. La DREM Puno es la entidad competente para su autorización y fiscalización en el ámbito de la región Puno, conforme al D.S. N° 018-92-EM y la Ley N° 27651.
Características del Pequeño Productor Minero
Capacidad de Producción
Hasta 350 TM/día de capacidad de producción y/o beneficio instalada.
Extensión de Concesiones
Posee concesiones cuya suma total no supera las 2,000 Ha. en total.
Actividad Reconocida
Actividad minera formal reconocida por el Estado peruano, con derechos y obligaciones definidos.
Gestión Ambiental
Obligado a presentar Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o EIA-sd según corresponda.
Requisitos para Autorización de Inicio de Actividades
Indicar nombres completos, DNI/RUC, domicilio legal y datos de la concesión minera.
Otorgado por INGEMMET, con constancia de vigencia de la concesión (no desmembrada ni caducada).
DIA, IGAC o EIA-sd según corresponda al tipo y escala de la operación.
Plano perimétrico referenciado en coordenadas UTM-WGS84, firmado por ingeniero habilitado.
Contrato de servidumbre, compra-venta o acuerdo con propietario del terreno superficial.
Comprobante de pago según TUPA vigente (S/ 191.70 — Procedimiento 01).
Formularios y Documentos
Para consultas adicionales sobre procedimientos de pequeña minería, acérquese a las oficinas de la DREM Puno en Av. Industrial S/N Mz h, Puno, de lunes a viernes de 8:00 am a 4:30 pm. Teléfono: 995 555 045.