AVISOS

Pequeña Minería

Información, requisitos y procedimientos para productores de pequeña minería en la región Puno

La Pequeña Minería comprende a los productores mineros que tienen una capacidad instalada de producción y/o beneficio no mayor a 350 TM/día y con concesiones que no superan las 2,000 hectáreas. La DREM Puno es la entidad competente para su autorización y fiscalización en el ámbito de la región Puno, conforme al D.S. N° 018-92-EM y la Ley N° 27651.

Características del Pequeño Productor Minero

Capacidad de Producción

Hasta 350 TM/día de capacidad de producción y/o beneficio instalada.

Extensión de Concesiones

Posee concesiones cuya suma total no supera las 2,000 Ha. en total.

Actividad Reconocida

Actividad minera formal reconocida por el Estado peruano, con derechos y obligaciones definidos.

Gestión Ambiental

Obligado a presentar Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o EIA-sd según corresponda.

Requisitos para Autorización de Inicio de Actividades

01
Solicitud dirigida al Director Regional de Energía y Minas

Indicar nombres completos, DNI/RUC, domicilio legal y datos de la concesión minera.

02
Copia de título de concesión minera vigente

Otorgado por INGEMMET, con constancia de vigencia de la concesión (no desmembrada ni caducada).

03
Instrumento de gestión ambiental aprobado

DIA, IGAC o EIA-sd según corresponda al tipo y escala de la operación.

04
Plano de ubicación y memoria descriptiva

Plano perimétrico referenciado en coordenadas UTM-WGS84, firmado por ingeniero habilitado.

05
Acreditación de uso de terreno superficial

Contrato de servidumbre, compra-venta o acuerdo con propietario del terreno superficial.

06
Pago por derecho de trámite

Comprobante de pago según TUPA vigente (S/ 191.70 — Procedimiento 01).